lunes, 2 de septiembre de 2013

Entran en vigencia nuevas normas para pago de créditos bancarios


SBS pretende que se respeten las decisiones de los clientes financieros.

La nueva metodología para el cálculo del pago mínimo de las líneas de tarjetas de crédito y otras modalidades de crédito revolvente aprobada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) entró en vigencia. Su objetivo es acabar con las deudas infinitas que mantienen algunos clientes del sistema financiero.


El cálculo del pago mínimo debe ahora considerar que por lo menos se amortice una porción del capital en la modalidad de crédito revolvente, y que se realice el pago completo de la cuota del mes en el caso de que el usuario haya optado por esta modalidad.

Así, la SBS busca que se respete la decisión del cliente sobre el  número de cuotas en las que quiere cancelar su deuda, que pague el monto de intereses inicialmente acordado y que, tratándose de consumos revolventes, la deuda se pueda cancelar.

Más medidas

Además, las empresas del sistema financiero no podrán ofrecer ni opciones de pago que signifiquen para el cliente pagar montos menores al pago mínimo, ni el pago de una fracción inferior a la cuota del mes en el caso de los créditos en cuotas. Ello implica, también, que las empresas no podrán proporcionar, por ejemplo, la opción de pago cero en el período.

A su vez, los usuarios del sistema tienen ya la posibilidad de solicitar a su entidad que le remita el estado de cuenta de sus productos a través del correo electrónico, evitándose el pago por costo de envío, para lo cual deberán presentar la solicitud respectiva en forma expresa a su institución.

En cuanto al orden de imputación de pagos aplicables a las tarjetas de crédito, las empresas financieras tienen la obligación de aplicar las amortizaciones que efectúa el cliente a las deudas que tienen la tasa de interés más elevada hasta llegar a las menos onerosas, lo cual beneficia al usuario, pues terminará de pagar primero las deudas más caras.

Información

Estas entidades deben establecer, en todos sus mecanismos de difusión, la información mínima sobre tasas de interés, comisiones, gastos y productos o servicios.

En el caso de los cajeros automáticos, los bancos y financieras deben mostrar el costo exacto de la operación solicitada antes de su realización.

La SBS ha diseñado en su página web (www.sbs.gob.pe) el Portal del Usuario, que permite a las personas conocer el costo efectivo de cada uno de los servicios que ofrecen las diferentes entidades del sistema financiero, de manera que puedan hacer la comparación y tomar la decisión que más convenga a sus intereses.

Beneficios para el usuario

En opinión del presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), Crisólogo Cáceres, las nuevas medidas aprobadas por la Circular N° B-2206-2012 y la Resolución SBS N° 9605-2012 permitirán al consumidor educarse, porque sabrá cuánto le costará cada transacción por cajero automático y será más ordenado en la administración de sus cuentas. Además, indicó que tendrá que entender que aun cuando pueda prepagar su deuda, también tiene la posibilidad de pagarla parcial o totalmente; y que cuando más prorrogue, más se encarecerá su consumo.

Fuente: El Peruano  02-09-2013